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Estandarte
Real de los Reyes Católicos 1492-1506

Estandarte Imperial de Carlos I
Estandarte Imperial de Carlos I

1506-1785
Cruz de Borgoña
 
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1580-1700
Estandarte Real de Felipe II, III y IV |
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1700-1761
Estandarte Real de Felipe V
y Fernando VI |
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(1785-1931)
Bandera para buques de guerra adoptada en 1785 tras decreto de
Carlos III, aunque acabaría imponiéndose también como bandera de
España (en 1843) |
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(1785-1931)
Bandera de 5 listas utilizada como enseña civil de España desde
1785 tras decreto de Carlos III |
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(1931-1939)
II República
Adoptada tras decreto de 27 de abril de 1931 por el Gobierno
provisional de la II República |
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1931-1939) II
República (lisa)
La bandera lisa nunca fue bandera oficial de la II República
tras la Constitución de 9 de diciembre de 1931 |
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(1936-1938)
Tras el alzamiento de 1936 se recupera la bandera roja y gualda
por el Bando Nacional mediante decreto de 28 de agosto de 1936
(la permanencia en algunos casos del escudo de armas usado por
la II República podría deberse a la reutilización de las
banderas republicanas cambiando la franja morada por otra roja) |
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(1945-1977)
Adoptada tras decreto de 11 de octubre de 1945
(La que estuvo vigente en 1938-1945 era muy similar a ésta, pero
con ligeras variaciones |
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Presentación
incorrecta de la bandera, en un intento de representar la
que estuvo vigente en 1945-1977 |
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Curiosa foto
sin identificar de 1947. Tras el decreto de 1938 aprobando el
nuevo escudo de armas, es probable que se reutilizaran banderas
con el escudo de armas usado por la II República al que se le
añadía el águila |
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y Escudos
Con respecto al
ESCUDO que se toma tras la Guerra Civil española, decir que se
adoptó tras el decreto de 2 de febrero de 1938 (sería
posteriormente ligeramente modificado por el decreto de 11 de octubre de
1945), siendo éste cuartelado, con el todo sobre el águila de San Juan,
pasmada de sable, con el pico y las garras de gules, estando armadas de
oro. A la izquierda, un yugo de gules con sus cintas de lo mismo; y a la
derecha, un haz de flechas de gules, con sus cintas de lo mismo. En la
divisa el lema "Una, Grande, Libre". El todo flanqueado por dos columnas
de plata sobre ondas de azur, con coronas de oro. En la columna de la
izquierda se enrosca una cinta con la palabra "Plus" y en la del lado
derecho otra con "Ultra".
Ampliando un
poco más, decir que:
El águila de
San Juan se representa porque fue en el día de San Juan cuando fue
proclamada Isabel reina de Castilla. Nos hace ver un Estado fuerte e
imperial; pero frente a las águilas paganas presentes en otros Estados
con vocación imperialista, ésta muestra la adhesión a la Fe en Cristo,
defendida tantas veces con sangre española.
La corona
imperial refleja la tendencia imperialista.
El yugo
representa la unión de los reinos de Castilla y Aragón.
Las flechas
representan los 5 reinos que forman la nación.
El lema: "Una,
Grande, Libre" hace referencia a UNA España unida, diversa e igual,
sin necesidad de nacionalismos separatistas; GRANDE como lo fue en su
historia y debe seguir siéndolo en el futuro; y LIBRE de injerencias
extranjeras, de egoísmos, amoralidad y materialismo.
El castillo y
el león representa la unión de Castilla y León desde el siglo XIII.
Las bandas
rojas y amarillas hacen referencia a la corona de Aragón. Las barras
rojas eran las armas de Wifredo I el Velloso, primer conde independiente
de Barcelona (874-898), que según la leyenda fue herido en una batalla
contra los normandos en el año 875. Entonces, el Rey Carlos el Calvo le
visitó en su tienda y le rogó una merced, a lo que Wifredo dijo: "Dadme,
señor, un blasón para mi escudo". El escudo estaba a la cabeza del
lecho, y entonces el monarca mojó los dedos con la sangre de la herida
de Wifredo y los pasó por el escudo dorado marcando cuatro rayas rojas,
diciendo: "Divisa que con sangre se gana, con sangre debe estar escrita.
Estas barras serán las armas de vuestro escudo".
Las cadenas
representan el reino de Navarra, unido a la monarquía desde 1512. Se
dice que proceden de la batalla de las Navas de Tolosa, ganada por los
príncipes cristianos al Miramolín Mohamed, que tenía la tienda rodeada
por camellos amarrados con poderosas cadenas. Tras la batalla, los
navarros se llevaron las cadenas y conformaron el escudo de Navarra.
La granada
simboliza el reino de Granada, último reducto musulmán tomado en 1492.
En cuanto a las
columnas con la leyenda "Plus Ultra", decir que el emblema de los
Reyes Católicos era "non plus ultra" (así consta, por ejemplo, en el
escudo actual de Melilla), en referencia a que las columnas de Hércules
(dos colinas situadas a ambas orillas del estrecho de Gibraltar) se
tenían como uno de los límites del mundo. El posterior descubrimiento de
América implicó la eliminación del "non", ya que carecía de sentido.
Luego cambiaría completamente el significado, haciendo referencia a la
conquista y a la obra española en el nuevo mundo descubierto en 1492 (más
allá de ultramar)
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y Escudos



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(1977-1981)
Adoptada tras decreto de 21 de enero de 1977. El águila de San
Juan se presenta ahora de forma azorada, es decir, en
disposición de emprender vuelo, cobijando bajo sus alas las
columnas de Hércules |
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Bandera
actual Adoptada en 1981 |
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Con
respecto a la
BANDERA, el artículo 4 de la Constitución Española de 27
de diciembre de 1978 (BOE nº 311, de 29 de diciembre) dice: La
Bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja,
amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las
rojas.
La enseña
nacional es una sola bandera que se manifiesta en diversos tipos: la
completa, con el escudo de España, que se emplea en los edificios
civiles y militares del Estado y en sus buques de guerra; la de las
unidades de las Fuerzas Armadas en las que se borda alrededor del
escudo en letras negras el arma o cuerpo, nombre y número de la unidad,
como también ocurre con los barcos citados; los estandartes en forma
cuadrada para las unidades que los tengan reconocidos; y el grupo
sin escudo al que pertenecen la bandera mercante y la bandera para
las embarcaciones que no son de la Marina.
La BANDERA
NACIONAL está regulada igualmente por una serie de Leyes y Decretos:
-
Las Reales
Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, que reconocen la Bandera de
España como acreedora del máximo respeto "... como símbolo de la
Patria y su unidad".
-
El Real
Decreto 1511/1977 de fecha 21 de enero, sobre el Reglamento de
Banderas, Insignias y Distintivos, en el que se establece su
descripción, medidas, confección, usos y tamaños.
-
La Ley
39/1981 de fecha 28 de octubre (BOE nº 271, de 12 de noviembre).
Uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas.
Artículo 1º.
"La Bandera de España simboliza la nación, es signo de soberanía,
independencia, unidad e integridad de la patria y representa los
valores superiores expresados en la Constitución".
Artículo 2º.
1. La bandera de España, de acuerdo con lo preceptuado en el
artículo cuarto de la Constitución española, está formada por tres
franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de
doble anchura que cada una de las rojas.
2. En la
franja amarilla se podrá incorporar, en la forma que
reglamentariamente se señale, el escudo de España.
El escudo de
España figurará, en todo caso, en las banderas a que se refieren los
apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo siguiente.
Artículo 3º.
1. La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el
lugar preferente en el interior de todos los edificios y
establecimientos de la Administración central, institucional,
autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.
2. La bandera
de España será la única que ondee y se exhiba en las sedes de los
órganos constitucionales del Estado y en las de los órganos
centrales de la Administración del Estado.
3. La bandera
de España será la única que ondee en el asta de los edificios
públicos militares y en los acuartelamientos, buques, aeronaves y
cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las
Fuerzas de Seguridad del Estado.
4. La bandera
de España (...) se colocará en los locales de las misiones
diplomáticas y de las oficinas consulares, en las residencias de sus
jefes y, en su caso, en sus medios de transporte oficial.
5. La bandera
de España se enarbolará como pabellón en los buques, embarcaciones y
artefactos flotantes españoles, cualquiera que sea su tipo, clase o
actividad, con arreglo a lo que establezcan las disposiciones y usos
que rigen la navegación.
Artículo 4º.
En las Comunidades Autonómicas cuyos estatutos reconozcan una
bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de
España en todos los edificios públicos civiles del ámbito
territorial de aquélla, en los términos de lo dispuesto en el
artículo sexto de la presente Ley.
Artículo 5º.
Cuando los Ayuntamientos y Diputaciones o cualesquiera otras
Corporaciones públicas utilicen sus propias banderas, lo harán junto
a la bandera de España, en los términos de lo establecido en el
artículo siguiente.
Artículo 6º.
1. Cuando se utilice la bandera de España ocupará siempre un lugar
destacado, visible y de honor.
2. Si junto a
ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar
preeminente y de máximo honor y las demás no podrán tener mayor
tamaño.
Se entenderá
como lugar preeminente y de máximo honor:
a) Cuando el
número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central.
b) Si el número de banderas que ondean juntas es par, de las dos
posiciones que ocupen el centro, la de la derecha de la presidencia
si la hubiere o la izquierda del observador.
Artículo 7º.
Cuando la bandera de España deba ondear junto a la de otros Estados
o naciones, lo hará de acuerdo con las normas y usos internacionales
que rigen esta materia en las relaciones entre Estados, así como con
las disposiciones y reglamentos internos de las organizaciones
intergubernamentales y las conferencias internacionales.
-
El Real
Decreto 441/1981 de 27 de febrero (BOE nº 64, de 16 de marzo),
regula la especificación técnica de los colores de la bandera de
España en el sistema internacional CIELAB (el rojo y amarillo
reciben la denominación respectiva de rojo bandera y amarillo gualda
bandera).
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Artículo
1º. Los colores de la bandera de España, especificados en el
sistema internacional CIELAB, serán los siguientes: |
|
Color |
Denominación color |
Tono H en º |
Croma C |
Claridad L |
| Rojo |
Rojo
bandera |
35.0 |
70.0 |
37.0 |
|
Amarillo |
Gualda bandera |
85.0 |
95.0 |
80.0 |
|
Tolerancia: Cinco unidades CIELAB |
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y Escudos
|
Artículo
2º. La correspondencia de las especificaciones del sistema
internacional CIELAB con el sistema internacional CIE-1931,
se establecerá de la siguiente manera: |
|
Denominación color |
Y |
x |
y |
| Rojo
bandera |
9.5 |
0.614 |
0.320 |
|
Gualda bandera |
56.7 |
0.488 |
0.469 |
Antecedentes históricos
de la BANDERA DE ESPAÑA
Como consecuencia
de la igualdad de banderas en el Pabellón de las embarcaciones de guerra
(debido a que en la mayor parte de ellas su color era el blanco, sobre
el que se colocaba la heráldica correspondiente a cada país), el Rey Carlos III (1759-1788) decidió poner fin a tal confusión convocando
un concurso de ideas, del que surgió el siguiente decreto:
[Ampliar información del concurso de
ideas impulsado por Carlos III para la elección de la Bandera de España
en 1785]
"Decreto del
Rey. Para evitar los inconvenientes, y perjuicios, que ha hecho ver la
experiencia puede ocasionar la Bandera nacional, de que usa mi Armada
naval, y demas Embarcaciones Españolas, equivocándose á largas
distancias, ó con vientos calmosos con las de otras Naciones; he
resuelto, que en adelante usen mis Buques de guerra de Bandera dividida
á lo largo en tres listas, de las que la alta, y la baxa sean encarnadas,
y del ancho cada una de la quarta parte del total, y la de en medio
amarilla, colocándose en esta el Escudo de mis Reales Armas reducido á
los dos quarteles de Castilla, y Leon con la Corona Real encima; y el
Gallardete con las mismas tres listas, y el Escudo á lo largo, sobre
quadrado amarillo en la parte superior: Y de las demas Embarcaciones
usen, sin Escudo, los mismos colores, debiendo ser la lista de en medio
amarilla, y del ancho de la tercera parte de la Bandera, y cada una de
las restantes partes dividida en dos listas iguales encarnada, y
amarilla alternativamente, todo con arreglo al adjunto diseño. No podrá
usarse de otros pavellones en los Mares del Norte por lo respectivo á
Europa hasta el paralelo de Tenerife en el Océano, y en el Mediterraneo
desde primero del año de mil setecientos ochenta y seis: en la América
Septentrional desde principio de Julio siguiente; y en los demas Mares
desde primero del año de mil setecientos ochenta y siete. Tendréislo
entendido para su cumplimiento.=Señalado de mano de S.M. en Aranjuez á
veinte y ocho de Mayo de mil setecientos ochenta y cinco.= A D. Antonio
Valdés.
Es copia del
Decreto original. Valdés."
Desde su
creación, la BANDERA NACIONAL ha sufrido una serie de modificaciones,
tales como:
-
Carlos III
(1759-1788) instituyó la bandera encarnada y amarilla el 28 de mayo de 1785, de tres listas (la central, amarilla, de
doble ancho) para los buques de guerra y la de cinco para las demás
embarcaciones (para más información, ver el Real Decreto que está
justo encima de este párrafo); la primera se convertiría, paso a
paso, en la Bandera de España.
-
Por decreto
de 12 de julio de 1808, dado en Vitoria, el autotitulado José
I modifica la heráldica, y sobre un paño blanco utiliza sus
armas, compaginándolas con las propias de los reinos de España.
-
Durante el
reinado de Isabel II (1833-1868), y siendo presidente del
Gobierno provisional Don Joaquín María López, se da en Madrid un
Real Decreto de 13 de octubre de 1843 por el que banderas,
estandartes y escarapelas adoptaban con carácter general los colores
rojo y amarillo. En este decreto, la Reina Isabel II, al ser la
Bandera Nacional el símbolo de la monarquía española, determinó que
todas las banderas fuesen iguales en forma, dimensiones y colores a
la Bandera de Guerra Española, teniendo en el centro el escudo de
armas, ampliándose después en que se añadiría el aspa de Borgoña
debajo del escudo.
-
En el reinado
de Amadeo I (1870-1873), se respetaron tanto los colores como
su heráldica, aunque se cambia el escusón con las armas reales de la
Dinastía Borbón-Anjou, por las de Saboya.
-
La Primera
República, por orden circular de 2 de octubre de 1873,
suprime los símbolos monárquicos de la bandera (la corona y la cruz
blanca de la Dinastía Saboya)
-
En el reinado
de Alfonso XII (1874-1885) y con fecha de 10 de diciembre de
1878, se promulga una Instrucción sobre insignias, banderas, honores
y saludos marítimos en cuyo artículo primero describe la Bandera
nacional volviendo al mismo estado que en la época isabelina.
-
El 27 de
abril de 1931, el Gobierno provisional de la II República
promulgaba un decreto (Colección Legislativa del Ejército, numero
201) en cuyo artículo 1º se habla de la adopción como bandera
nacional de la tricolor, descrita en el artículo 2º de la
siguiente manera: "formada por tres bandas horizontales de igual
ancho, siendo roja la superior, amarilla la central y morada oscura
la inferior. En el centro de la banda amarilla figurará el escudo de
España, adoptándose por tal el que figura en el reverso de las
monedas de cinco pesetas acuñadas por el Gobierno provisional en
1869 y 1870", esto es: Castilla, León, Aragón, Navarra sin la
esmeralda, y Granada en punta, acoladas la columnas de Hércules, sin
coronas, y basadas en tierra y con un único listón entrelazándolas
con la leyenda "Plus Ultra", al timbre corona mural. Además, se
detalla que la bandera de endrizar en fortificiones, campamentos y
edificios tendría las dimensiones de 135 de ancho por 225 de largo.
-
Por decreto
nº77 de 28 de agosto de 1936 (Boletín Oficial del Estado nº14),
firmado por el General Cabanellas, Presidente de la Junta de
Defensa Nacional, "se restablece la bandera bicolor, roja y
gualda, como bandera de España".
-
Por decreto
de 2 de febrero de 1938, tras el alzamiento militar de 1936, se
aprueba la nueva bandera roja y gualda a la que se añade el escudo
de armas descrito más arriba (cuartelado, con el todo sobre el
águila de San Juan...) Esta bandera era muy similar a la que
posteriormente se aprobó mediante decreto el 11 de octubre de
1945 y que estaría vigente hasta el decreto de 21 de enero de
1977 (dos años después de la muerte de Franco y una vez
en el trono S.M. el Rey Don Juan Carlos I).

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Modelo
oficial del Escudo de España regulado por la Ley 33/1981 de 5 de
octubre (BOE nº 250, de 19 de octubre de 1981) |
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Diseño más
adecuado del Escudo de España, en contra del desacertado diseño
regulado por la Ley 33/1981, que deja bastante que desear,
buscando sólo una mayor facilidad para su representación |
El ESCUDO
DE ESPAÑA se rige por la Ley 33/1981 de 5 de octubre (BOE
nº 250, de 19 de octubre de 1981), que lo describe en los siguientes
términos:
-
Artículo 1º.
El escudo de España es cuartelado y entado en punta. En el primer
cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de
azur o azul y mazonado de sable o negro. En el segundo, de plata, un
león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado, de gules o rojo
y coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de gules o
rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en
cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su
color. Entado de plata, una granada al natural, rajada de gules o
rojo, tallada y hojada de dos hojas, de sinople o verde.
Acompañado de
dos columnas de plata, con base y capitel, de oro, sobre ondas de
azur o azul y plata, superada de corona imperial, la diestra, y de
una corona real, la siniestra, ambas de oro, y rodeando las
columnas, una cinta de gules o rojo, cargada de letras de oro, en la
diestra "Plus" y en la siniestra "Ultra".
Al timbre,
corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras
preciosas, compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles
cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas
diademas de perlas, que convergen en un mundo de azur o azul, con el
semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona,
forrada de gules o rojo.
-
Artículo 2º.
El escudo de España, tal como se describe en el artículo anterior,
lleva escusón de azur o azul, tres lises de oro, puestas dos y una,
la bordura lisa, de gules o rojo, propia de la dinastía reinante.
-
Artículo 3º.
Por Real Decreto se hará público el modelo oficial del escudo de
España regulado por la presente Ley.
Otras
normas que hablan sobre el ESCUDO DE ESPAÑA son:
-
El Real
Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre (BOE nº 303, de 19 de
diciembre de 1981). Escudo y su colocación en la bandera.
Artículo 1º.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 3º de la Ley 33/1981, de
5 de octubre, se hace público el modelo oficial del escudo de
España, cuyo diseño lineal será el que a continuación se inserta.
Artículo 2º.
El escudo de España habrá de figurar en:
1. Las
banderas que ondeen en el exterior o se exhiban en el interior de
las sedes de los órganos constitucionales del Estado; los edificios
y establecimientos de la Administración central, autonómica,
provincial o insular y municipal del Estado; los edificios públicos
militares y los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera
otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de
Seguridad del Estado, así como de las unidades de ambas fuerzas con
derecho al uso de la bandera; los locales de las misiones
diplomáticas y de las oficinas consulares, las residencias de sus
Jefes y, en su caso, sus medios de transporte oficial.
Artículo 3º.
El escudo de España tendrá una altura equivalente a 2/5 de la
anchura de la bandera y figurará en ambas caras de ésta en el centro
de la franja amarilla.
Cuando la
bandera de España tenga la proporción normal, de longitud igual a
tres medios de la anchura, el eje del escudo se colocará a una
distancia de la vaina de media anchura de la bandera.
Si la longitud
fuera menor a la normal o la bandera tuviere la forma cuadrada, el
escudo se situará en el centro de la enseña.
-
Ley 39/1981,
de 28 de octubre (BOE nº 271, de 12 de noviembre). Uso de la bandera
de España y de otras banderas y enseñas.
-
El Real
Decreto 2267/1982 de 3 de septiembre (BOE nº 221, de 15 de
septiembre), en el que se hace la especificación técnica de sus
colores, según el sistema internacional CIELAB.
|
Artículo 1º. Los
colores del escudo de España, especificados en el sistema
internacional CIELAB, serán los siguientes: |
|
Color |
Denominación color |
Tono H en º |
Croma C |
Claridad L |
|
Sinople |
Verde bandera |
165.0 |
41.0 |
31.0 |
|
Azur |
Azul bandera |
270.0 |
35.0 |
26.0 |
|
Oro |
Oro bandera |
90.0 |
37.0 |
70.0 |
|
Plata |
Plata bandera |
255.0 |
3.0 |
78.0 |
|
Sable |
Negro bandera |
- |
0.0 |
10.0 |
|
Gules |
Rojo bandera |
35.0 |
70.0 |
37.0 |
|
Púrpura |
Púrpura bandera |
0.0 |
52.0 |
50.0 |
|
Artículo 2º. La correspondencia de las especificaciones
del sistema internacional CIELAB con el sistema
internacional CIE-1931, se establecerá de la siguiente
manera: |
|
Denominación color |
Y |
x |
y |
|
Verde
bandera |
6.7 |
0.223 |
0.438 |
|
Azul
bandera |
4.7 |
0.168 |
0.171 |
|
Oro
bandera |
40.7 |
0.395 |
0.403 |
|
Plata
bandera |
53.2 |
0.303 |
0.311 |
|
Negro
bandera |
1.1 |
0.310 |
0.316 |
|
Rojo
bandera |
9.5 |
0.614 |
0.320 |
|
Púrpura bandera |
18.42 |
0.426 |
0.263 |
Antecedentes históricos del
ESCUDO DE ESPAÑA
El proceso heráldico del
escudo de España ha conocido los siguientes periodos:
En los antiguos reinos de
Castilla y Aragón se llevaron pendones carmesíes con castillos y
leones y cuatribarrados respectivamente, continuando así incluso
durante los reinados de los Reyes Católicos, predominando el
empleo de los colores encarnado y amarillo.
DINASTÍA TRASTÁMARA
(1368-1516): El Escudo de los Reyes Católicos está constituido
por las Armas de los Reinos de Castilla, León y los de la Corona
de Aragón. A partir de la conquista de Granada en 1492,
incorporan las armas de este Reino a su escudo.
Felipe I (1506) el Hermoso,
en su efímero matrimonio con la Reina Juana I de Castilla,
introdujo el signo distintivo de la casa de su madre, María de
Borgoña, esto es, el aspa de Borgoña o aspa de San Andrés, que
consiste en dos troncos de árbol desprovistos de sus ramas y
cruzados en aspa. Por haber sido instrumento para el martirio
del santo, están teñidos con su sangre y casi siempre se
representan en rojo o carmesí. Este símbolo se llevó desde
principios del siglo XVI prácticamente hasta 1931 en que la
Segunda República lo demolió. Desde 1971 figura en el guión del
Príncipe de Asturias y desde 1975 en el de S.M. el Rey Don Juan
Carlos I.
La primera Bandera Española
pudo verse con motivo de la batalla de Pavía (1525), en la que
nuestras tropas llevaron como enseña telas blancas con aspas
encarnadas. Esa misma bandera se llevó también en la mar.
DINASTÍA AUSTRIA: En un
primer periodo (1516-1556), incorporan las armas de Borgoña,
Flandes, Brabante y Tirol. Carlos I timbra el escudo con la
corona imperial e incorpora las columnas de Hércules con la
leyenda Plus Ultra y acola el escudo con el Toisón de Oro.
Felipe II (1556-1598), Felipe III (1598-1621) y Felipe IV
(1621-1665), así como Carlos II (1665-1700), usan las armas
antes mencionadas, sin la corona imperial, incorporando Felipe
II en 1580 las armas de Portugal.
DINASTÍA BORBÓN-ANJOU: El
escudo de Felipe V (1700-1746), incorpora las lises de la casa
de Borbón, con la bordura en gules (rojo), sigue utilizando el
Toisón de Oro y añade la Orden del Espíritu Santo en forma de
collar. Carlos III (1759-1788) añade las armas de los Ducados de
Parma y Toscana y sustituye la Orden del Espíritu Santo por la
que lleva su propio nombre. También instituyó la bandera
encarnada y amarilla, de tres listas (la central, amarilla, de
doble ancho) para los buques de guerra y la de cinco para las
demás embarcaciones; la primera se convertiría, paso a paso, en
la Bandera de España. Carlos IV (1788-1808) sigue en la misma
línea que su padre.
DINASTÍA BONAPARTE: (Haremos
referencia a los Bonaparte, aunque se podría entender que esta
información está de sobra y es improcedente. No obstante, a
título informativo y teniendo en cuenta lo dicho) José I
(1808-1813) divide el escudo en seis cuarteles, 1º Castilla, 2º
León, 3º Aragón, 4º Navarra, 5º Granada y 6º el nuevo Mundo,
representado con las columnas de Hércules. También añade en el
escusón las armas de los Bonaparte.
DINASTÍA BORBÓN-ANJOU:
Fernando VII (1808-1833) vuelve a recuperar el escudo de sus
antepasados, y su hija Isabel II (1833-1868) sigue en la misma
línea.
EL GOBIERNO PROVISIONAL
(1868-1869): Bajo dictamen de la Real Academia de la Historia,
unifica el escudo de España con los siguientes cuarteles: 1º
Castilla, 2º León, 3º Aragón, 4º Navarra y 5º Granada, entado en
punta, lo timbra con la corona mural, suprime el escusón con las
armas de la Dinastía Borbón-Anjou y coloca las columnas de
Hércules, sin coronas.
DINASTÍA SABOYA (1870-1873):
Amadeo I continúa con el escudo anterior y restablece la corona
real y sitúa en el escusón las armas de su familia.
LA I REPÚBLICA (1873-1874):
Restablece la corona mural y suprime las armas de los Saboya.
DINASTÍA BORBÓN-ANJOU:
Alfonso XII (1874-1885) y Alfonso XIII (1886-1931) restablecen
la corona real y añaden las lises con la bordura de gules (rojo)
de su familia y acola el collar del Toisón de oro.
LA II REPÚBLICA (1931-1939):
Vuelve a restablecer la corona mural y suprime las armas de los
Borbón-Anjou, utilizando las mismas armas que en la I República.
LA ETAPA DEL GENERAL FRANCO
(1936-1975): Se utiliza una heráldica semejante a la utilizada
por los Reyes Católicos, sustituyendo las armas de
Aragón-Sicilia por las de Navarra, se añaden las columnas de
Hércules y la divisa "una, grande y libre". El Real Decreto
1511/1977 de 21 de enero, aprueba el Reglamento de Banderas,
Insignias y Distintivos, por el que se modifica la colocación de
la divisa del escudo, siendo el principal cambio surgido con
respecto al anterior, el que el águila de San Juan se presenta
de forma azorada, es decir, en disposición de emprender vuelo,
cobijando bajo sus alas las columnas de Hércules, que hasta la
fecha se encontraban por fuera de ellas.
(08-10-2001) Publicación del libro SÍMBOLOS DE ESPAÑA
Una de las novedades más
atractivas de los últimos tiempos en el mundo editorial la ha
constituido el libro editado por el Centro de Estudios
Políticos y Constitucionales, con el título Símbolos de
España.
Se
echaba en falta la existencia de un estudio que expusiera la
realidad histórica que constituyen los símbolos de España:
escudo, bandera e himno. La razón de esta
necesidad se hacía evidente tras la implantación de la
democracia, debido a la utilización monopolística de los
símbolos de la nación por parte del bando vencedor en la guerra
civil, para hacer ver que estos símbolos, así como el mismo
patriotismo, eran anteriores a la existencia del régimen y
por tanto, patrimonio de todos los españoles.
Hoy,
casi en los umbrales de un nuevo siglo, podemos ver ya impreso
este magnífico libro que viene a llenar el vacío denunciado,
dotándonos de una obra con vocación de Estado, realizado con
tratamiento científico sobre nuestros símbolos más
representativos.
El
libro cuenta incluso con un disco con la grabación de las diez
versiones distintas de la Marcha Real, ejecutadas a lo
largo de los años. La obra fue presentada oficialmente el pasado
8 de octubre de 2001 en el Palacio de la Moncloa por el
propio Presidente del Gobierno.
El
estudio del escudo ha sido realizado por Don Faustino
Menéndez Pidal, numerario de la Real Academia de la
Historia, director de la Real Academia de Heráldica y máximo
especialista incontestado en el estudio de esta ciencia.
Conviene destacar aquí las oportunas críticas de Menéndez Pidal
al desacertado diseño actual del escudo. En efecto, se han
establecido criterios de imagen institucional para su
utilización, aunque deja mucho que desear en cuanto a su diseño
y convendría, por tanto, llevar a cabo uno nuevo. Pero matizando
que no se trata de elaborar un nuevo escudo, sino de dibujarlo
mejor.
El
estudio de la bandera ha sido realizado por Don Hugo
O'Donnell y Duque de Estrada, correspondiente de la Real
Academia de la Historia y numerario de la de Heráldica.
O'Donnell estudia los antecedentes vexilológicos de nuestra
historia más antigua y nos brinda en un desplegable, la lámina
que fue presentada a Carlos III para que éste eligiera el
modelo de la que llegaría a ser nuestra bandera nacional.
El
capítulo dedicado al himno se encomienda a Doña Begoña
Lobo, profesora de Historia de la Música en la Universidad
Autónoma de Madrid y gran especialista en música cortesana del
siglo XVIII. La profesora Lobo deslinda con claridad lo real de
lo legendario y nos brinda incluso, como primicia, una versión
desconocida de la Marcha Real con arreglos del maestro Tomás
Bretón, que se publica en esta ocasión por primera vez.
Escucha y canta el himno
nacional español:
¡ VIVA ESPAÑA !
Alzad los brazos, hijos
del pueblo español,
que vuelve a resurgir.
Gloria a la Patria que supo seguir,
sobre el azul del mar el caminar del sol.
¡ TRIUNFA ESPAÑA !
Los yunques y las ruedas
cantan al compás
del himno de la fe.
Juntos con ellos cantemos de pie
la vida nueva y fuerte de trabajo y paz.
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